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España: ¿Qué significa que las mascotas son, por ley, parte de la familia?

Desde hace un año, las mascotas han conseguido ver reconocidos una serie de derechos que numerosas entidades venían reclamando desde hace tiempo. Lo más importante es que se han modificado varias leyes en las que se consideraba a los animales de compañía como simples objetos, susceptibles de ser usados como bienes muebles. Ahora pasan a ser “seres sintientes”.

Para lograr esta tan ansiada protección de los animales de compañía se han tenido que modificar la Ley Hipotecaria, el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

De este modo, España se suma a la lista de países del mundo, que consideran que los animales son ‘seres vivos dotados de sensibilidad’, y no cosas inertes.

Eso implica que las mascotas son consideradas legalmente como un miembro más de la familia, algo que en realidad y viene sucediendo en la inmensa mayoría de los casos, pero que no estaba legalmente recogido en ningún texto jurídico.

Esta triple reforma se aprobó el 2 de diciembre de 2021 y apareció publicada 14 días más tarde en el Boletín Oficial del Estado.

Obligaciones de los dueños

Pero ¿qué significa exactamente que los animales de compañía pasan a ser parte integrante de la familia?

La nueva norma afecta a la tenencia de animales de compañía (gatos, perros, aves, roedores, reptiles, peces, etc.) considera que todos son «seres sintientes» y por tanto, deben ocupar un lugar en la familia como miembros legales de la misma.

  1. En caso de que exista un problema de índole económico en el cual estos animales puedan verse inmersos, éstos no son embargables ni hipotecables.
  2. Es obligatorio brindarles todos los cuidados que necesiten, está prohibido su maltrato y abandono y no se puede disponer testamentariamente de su vida.
  3. No se les podrá emplear como herramienta de sufrimiento en casos de violencia vicaria y/o de género o para infligir ningún tipo de maltrato a otro miembro de la familia.
  4. Al tener sensibilidad, se les debe aplicar el régimen jurídico de los bienes y/o de las cosas, pero siempre y cuando ello sea compatible con la naturaleza de cada animal o con el objetivo de protegerlos.
  5. En el caso de una separación en una pareja o matrimonio, de igual forma que el juez decide el destino de los hijos (custodia, guardia, régimen de visitas, etc.) también lo hará con los animales de compañía.
  6. En esos casos, se repartirán los gastos y los cargos económicos que se deriven del cuidado que necesita cada animal. La normativa aclara que, todo ello debe hacerse atendiendo al bienestar de todos los integrantes de la familia (incluido el animal).
  7. Si alguien encuentra a un animal que esté perdido, debe procurar que vuelva con su familia y, en caso de que no tenga propietario, se le entregará a quien esté haciéndose cargo de su cuidado.
  8. En caso de accidente de tráfico, no podrá eludirse la responsabilidad de atender o hacerse cargo del animal herido.

Fuente El Periódico Meditarráneo

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