CITES Prohíbe el Comercio Mundial de Mantarrayas, Tiburón Ballena y Tiburón Oceánico de Puntas Blancas
La Asociación Prodefensa de los Animales (APROA) celebra y reconoce como un hito sin precedentes en la conservación marina la decisión unánime de la 19ª Conferencia de las Partes (COP19) de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas (CITES), celebrada en Samarkanda, Uzbekistán. Tras intensas negociaciones con la participación de más de 3.300 delegados de 170 países, se acordó incluir en el Apéndice I –que prohíbe todo comercio internacional con fines comerciales– a tres gigantes vulnerables del océano: la mantarraya (Mobula spp.), el tiburón ballena (Rhincodon typus) y el tiburón oceánico de puntas blancas (Carcharhinus longimanus).
«Esta es una victoria de la ciencia sobre la codicia. Proteger a estos gigantes es proteger el corazón azul de nuestro planeta. APROA celebra y reconoce este hito sin precedentes»
Esta medida, adoptada por consenso para las dos primeras especies y mediante votación para el tiburón oceánico, representa la protección legal más fuerte a nivel global para estas especies, permitiendo únicamente su movilización en circunstancias excepcionales y no comerciales, como la investigación científica rigurosamente regulada.
Un Triunfo Contra Amenazas Críticas y Documentadas
La inclusión en el Apéndice I de CITES responde a una realidad biológica alarmante, respaldada por datos científicos de la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza):
- Mantarrayas: Codiciadas por sus branquispinas (utilizadas en la medicina tradicional asiática), enfrentan un declive poblacional estimado superior al 30% a nivel global en las últimas tres generaciones. Su lenta tasa reproductiva (una cría cada 2-5 años) las hace extremadamente vulnerables a la sobrepesca.
- Tiburón Ballena: El pez más grande del mundo, clasificado como En Peligro (EN), es víctima del comercio de su carne, aletas y aceite. Su migración predecible y su naturaleza dócil lo hacen fácil objetivo. Prohibir su comercio es clave para su supervivencia.
- Tiburón Oceánico de Puntas Blancas: Catalogado como En Peligro Crítico (CR) en el Atlántico noroccidental, es una de las especies de tiburón más capturadas en pesquerías de palangre de alta mar. Sus aletas son de las más valiosas para el mercado de sopa de aleta de tiburón, lo que ha llevado a un colapso de más del 80% de sus poblaciones en algunas regiones.
Impacto Planetario de la Medida: Un Efecto Dominó Positivo
La prohibición comercial no solo salvará individuos, sino que activará un efecto dominó ecológico y normativo de amplio alcance:
- Restauración de la Salud de los Ecosodistemas Pelágicos: Estas especies son ingenieras del ecosistema y indicadores de salud oceánica. Los tiburones ballena y las mantarrayas, como filtradores, regulan las poblaciones de plancton y transportan nutrientes. Los tiburones oceánicos, como superpredadores, mantienen el equilibrio de las cadenas tróficas en mar abierto. Su recuperación ayudará a la resiliencia de los océanos frente al cambio climático.
- Freno al Crimen Organizado Transnacional: El comercio ilegal de partes de tiburones y rayas mueve miles de millones de dólares anuales y está frecuentemente ligado a otras actividades delictivas. La inclusión en CITES obliga a los países miembros a fortalecer sus controles aduaneros, inspecciones portuarias y sistemas de trazabilidad, desincentivando la pesca ilegal.
- Impulso al Turismo de Conservación Sostenible: Un ejemplar vivo de tiburón ballena o mantarraya genera cientos de miles de dólares a lo largo de su vida a través del buceo y el ecoturismo, superando por mucho su valor muerto en el mercado. Esta decisión incentiva económicamente la protección y el desarrollo de economías locales basadas en la observación responsable.
- Precedente Jurídico Global: Establece un marco legal vinculante para que las naciones adapten sus legislaciones nacionales. Países con flotas pesqueras extensivas, como miembros de la UE, China, Japón y naciones costeras, deberán implementar medidas estrictas de cumplimiento, monitoreo por satélite y sanciones severas.
Decisiones Complementarias y el Camino por Recorrer
La conferencia también tomó decisiones cruciales para otras especies marinas:
- Peces guitarra y peces cuña (Rayas): Se mantuvieron en el Apéndice II, pero con cuotas de exportación cero para especímenes silvestres, una medida casi tan restrictiva como el Apéndice I, destinada a cerrar vacíos legales.
APROA reconoce este avance monumental, pero advierte que el éxito depende de la implementación efectiva. Hacemos un llamado a:
- El Gobierno de Venezuela: A adecuar urgentemente la Ley de Pesca y Acuicultura y la Ley Penal del Ambiente para incorporar estas prohibiciones, y a fortalecer la capacidad de vigilancia de la Guardería Ambiental de la GNB en puertos y aguas territoriales.
- La Comunidad Internacional: A destinar recursos técnicos y financieros para la monitorización por satélite de embarcaciones (VMS) y el apoyo a comunidades pesqueras en la transición hacia prácticas sostenibles.
- La Ciudadanía: A informarse y rechazar el consumo de cualquier producto derivado de estas especies, así como a apoyar operadores turísticos comprometidos con la observación ética de la fauna marina.
